Editorial del diario Expreso
El fallo que limita la intervención de Ositran en el megapuerto de Chancay se presenta como una victoria de la “seguridad jurídica” y un estímulo a la inversión privada. Sin embargo, detrás de esa narrativa, asoma una pregunta incómoda: ¿qué ocurre con la soberanía regulatoria del Estado peruano cuando una infraestructura estratégica queda, en la práctica, blindada frente al control público? Si un puerto de escala continental, con impacto directo en el comercio exterior, la logística nacional y la seguridad, es tratado como un ámbito casi exclusivamente privado, el país no solo renuncia a herramientas de fiscalización: también renuncia a parte de su capacidad de gobernarse.
La sentencia subraya que el uso público no convierte automáticamente un bien en dominio público ni lo somete a un régimen regulatorio pleno. Esa afirmación puede ser jurídicamente defendible en abstracto, pero resulta políticamente inquietante en un sector donde el interés nacional es evidente. Un puerto no es un centro comercial ni un almacén cualquiera: es una puerta de entrada y salida del país. Allí convergen aduanas, control sanitario, trazabilidad, seguridad, competencia, continuidad operativa y estándares de servicio. Que el Estado se vea impedido de regular tarifas, condiciones, calidad o prácticas que afecten el mercado puede generar un vacío que, tarde o temprano, pagarán los usuarios: exportadores, importadores y, finalmente, consumidores.
Más grave aún es el mensaje simbólico. Cuando un país permite que una infraestructura estratégica —levantada por capital extranjero y con potencial influencia geopolítica— quede fuera del marco regulatorio que se aplica a instalaciones comparables, se proyecta una imagen de debilidad. No se trata de rechazar la inversión externa, sino de recordar que la inversión debe adaptarse a las prioridades nacionales, y no al revés. Un Estado digno no es el que ahuyenta capitales; es el que fija reglas claras, previsibles y exigibles para todos, sin excepciones diseñadas por el poder económico o por interpretaciones judiciales que desarman al regulador.
La tesis de que regular vulnera la propiedad o la libertad de empresa también merece matices. La propiedad no es una patente de corso. En democracias modernas, la actividad económica se ejerce dentro de límites que protegen el interés público, especialmente cuando existe posición estratégica o riesgo de prácticas abusivas. Precisamente para eso existen reguladores: para equilibrar asimetrías y prevenir que el poder económico capture servicios esenciales.
Si el problema era el encaje legal de Ositran, la solución no debió ser desactivar la supervisión, sino cerrar vacíos normativos con urgencia. El Congreso y el Ejecutivo tienen la obligación de garantizar que un puerto de esta magnitud opere con transparencia, estándares y control. Porque cuando el Estado se retira, no nace la libertad: nace la ley del más fuerte. Y en infraestructura estratégica, esa retirada no es neutral: es una cesión de soberanía.
Fuente: CanalB
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