Judiciales

Pedro Castillo, Betssy Chávez y Aníbal Torres fueron condenados por el golpe de Estado de 2022

Publicado el 27 de noviembre de 2025

La Corte Suprema impuso penas de 11 años y 5 meses de prisión a Pedro Castillo, Betssy Chávez y Willy Huerta, tras concluir que los tres participaron en una conspiración para la rebelión durante el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022.

 

El tribunal determinó que el expresidente y sus exministros articularon un acuerdo para quebrar el orden constitucional mediante el mensaje televisado en el que Castillo anunció la disolución del Congreso y la instauración de un gobierno de excepción. La decisión fue pronunciada luego de una extensa audiencia que reconstruyó minuto a minuto la secuencia de ese día.

 

En el mismo fallo, la Sala Penal Especial condenó a Aníbal Torres a 6 años y 8 meses de prisión, aunque, como en el caso de Huerta, la ejecución de la pena queda suspendida de manera provisional si se presenta una apelación. La sentencia también dispuso una reparación civil solidaria de S/12 millones, que deberán asumir Castillo, Chávez, Torres y Huerta por el daño extrapatrimonial ocasionado al país. El tribunal sostuvo que, aunque la rebelión no se consolidó en su forma armada, la conspiración quedó acreditada por la preparación, coordinación y ejecución del mensaje.

 

Durante la lectura del fallo, los jueces detallaron que Castillo abusó de su condición de presidente para intentar subvertir el orden democrático, ordenando el cierre del Congreso, la imposición de un toque de queda y la reorganización de instituciones fundamentales como el Poder Judicial y el Ministerio Público. También señalaron que trató de huir hacia la Embajada de México tras su destitución, lo que reforzó la tesis del intento por consumar la ruptura institucional. Respecto a Betssy Chávez, la Sala afirmó que actuó como pieza clave al convocar a ministros a Palacio y facilitar el ingreso irregular de periodistas de TV Perú para asegurar la difusión del mensaje.

 

El tribunal también concluyó que Willy Huerta tuvo conocimiento directo del plan, pues permitió que Castillo utilizara su teléfono para ordenar al comandante general de la PNP el cierre del Congreso, descartando así la versión de que fue sorprendido por los hechos. En cuanto a Torres Vásquez, la Sala sostuvo que su participación en la preparación del mensaje era incuestionable, debido a su rol como asesor cercano en la definición del anuncio que intentó quebrar el orden constitucional. Por otro lado, se absolvió al general Manuel Lozada, al no existir pruebas sólidas de que hubiera buscado impedir el ingreso de congresistas al Parlamento.

 

Los jueces remarcaron que lo anunciado por Castillo en televisión constituía una manifestación expresa de que se arrogaba poderes que la Constitución no le otorgaba, activando así el supuesto de rebelión previsto en la Carta Magna. Aunque descartaron el delito de grave perturbación de la tranquilidad pública por estar contenido dentro de la conspiración, reforzaron que existió un acuerdo claro entre los acusados para materializar el golpe. La sala también reiteró que la actuación del Congreso al declarar la vacancia presidencial fue legítima y se realizó en defensa del orden constitucional.

 

El proceso culmina tras meses de audiencias, incidentes procesales e intentos de Castillo por cuestionar la competencia del tribunal. La sentencia marca un hito judicial al sancionar de manera firme a un expresidente por intentar quebrar el orden democrático, y a dos de sus exministros por su participación directa en el plan. Con ello, la Corte Suprema envía un mensaje sobre los límites del poder y la responsabilidad penal de las más altas autoridades que buscan vulnerar la institucionalidad del país.

 

 

 

Fuente: CanalB

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