El Poder Judicial dispuso 24 meses de suspensión temporal en el cargo de fiscal suprema contra Patricia Benavides Vargas, en el marco de una investigación por presunto cohecho pasivo específico, abuso de autoridad y encubrimiento personal.
La medida fue aprobada por el juez supremo de Investigación Preparatoria, Segismundo León Velasco, en respuesta al pedido formulado por el Ministerio Público durante la audiencia del martes 24 de junio.
El juez supremo Segismundo León, que resolvió disponer la suspensión temporal como fiscal suprema y fiscal de la Nación de Patricia Benavides, fue capacitado por el Instituto de Defensa Legal (IDL) en el año 2009 y ha sido acusado de liberar a un condenado por terrorismo. Una coincidencia que ha generado comentarios, dado el perfil y rol que cumple IDL en temas judiciales y políticos del país.
La resolución judicial se produce mientras persiste una crisis institucional tras la decisión de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) de restituir a Benavides como fiscal de la Nación, decisión que ha sido resistida desde el interior del Ministerio Público. El pedido original de la Fiscalía, encabezada por Delia Espinoza, planteaba una suspensión de 36 meses argumentando que existía un riesgo concreto de que Benavides regresara a sus funciones pese a estar bajo investigación por delitos graves.
El juez consideró que había “sospecha suficiente” de que la presencia de Benavides en el cargo podría afectar la administración de justicia y comprometer la objetividad de los procesos en el Ministerio Público. Esta decisión judicial, además, coincidió con la revelación de que la JNJ había solicitado formalmente apoyo policial para ejecutar la reposición de Benavides en el cargo, hecho confirmado por el fiscal Luis Ballón durante la audiencia.
La JNJ, a través de un pronunciamiento firmado por seis de sus siete integrantes, denunció que su resolución no estaba siendo acatada por la fiscal Espinoza, quien devolvió el documento sin ejecutarlo. La Junta también enfatizó que la restitución de Benavides no constituía un nuevo nombramiento, sino la reversión de una sanción disciplinaria anulada por vulneración de garantías.
Fuente: CanalB
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