El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 2 archivó la denuncia presentada contra Ipsos Opinión y Mercado S.A. y su presidente ejecutivo, Alfredo Torres, por presuntas irregularidades relacionadas con la difusión de los resultados del conteo rápido durante la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026. La entidad concluyó que no existen elementos que acrediten una infracción a la normativa electoral vigente.
Mediante una resolución, el organismo electoral declaró infundado el pedido formulado por el congresista Paul Gutiérrez, de Somos Perú, quien solicitó el inicio de un procedimiento sancionador contra la encuestadora. La denuncia se sustentaba en supuestas inconsistencias entre los resultados del conteo rápido difundidos por Ipsos y posteriores declaraciones realizadas por Torres sobre distintos escenarios vinculados al resultado presidencial.
Durante la evaluación del caso, Alfredo Torres sostuvo que sus comentarios no correspondían a una nueva encuesta ni a un estudio elaborado por Ipsos. Explicó que se trataba de análisis realizados a partir de la información oficial difundida por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) conforme avanzaba el procesamiento de las actas, además de proyecciones elaboradas por especialistas y difundidas en redes sociales.
El JEE Lima Oeste 2 señaló que el Reglamento sobre Encuestas Electorales regula la elaboración, publicación y fiscalización de encuestas de intención de voto y simulacros de votación, pero no establece la obligación de presentar expedientes técnicos, metodologías o modelos estadísticos relacionados con conteos rápidos. Según la resolución, este mecanismo no constituye una encuesta de intención de voto, sino un procedimiento estadístico que proyecta tendencias a partir de una muestra representativa de actas oficiales una vez cerradas las mesas de sufragio.
Asimismo, la resolución concluye que no existe evidencia objetiva que permita considerar las declaraciones atribuidas a Torres como una nueva encuesta, simulacro de votación o proyección electoral distinta de la difundida tras la jornada electoral. En consecuencia, el organismo determinó que no se acreditó ninguna conducta tipificada como infracción administrativa electoral y dispuso no iniciar procedimiento sancionador alguno contra Ipsos Opinión y Mercado S.A.
Fuente: CanalB
El constitucionalista Erick Urbina…
El senador electo de Fuerza Popular…
Este artículo continúa la línea…
El pleno del Congreso aprobó…