Según el artículo 7 de la ley 30364, si un hombre sufre maltrato físico, sexual o psicológico por parte de su esposa o conviviente, tiene derecho a solicitar medidas de protección.
Estas medidas pueden ser requeridas en la Comisaría, Fiscalía o directamente al Juzgado de Familia más cercano a su domicilio.
Es importante destacar que la ley no distingue entre géneros cuando se trata de protección contra la violencia doméstica. Tanto hombres como mujeres tienen el derecho y la posibilidad de acceder a estas medidas para resguardar su seguridad y bienestar.
La normativa busca brindar un marco legal que garantice la protección de todas las personas que sean víctimas de violencia en el ámbito familiar, independientemente de su género.
Por lo tanto, cualquier hombre que se encuentre en una situación de riesgo puede acudir a las autoridades correspondientes para solicitar la asistencia y protección necesarias.
Si tu esposa o conviviente te maltrata y/o causa daño físico, sexual o psicológico, puedes solicitar medidas de protección en la Comisaría, Fiscalía o directamente al Juzgado de Familia más cercano a tu domicilio.?♂️ pic.twitter.com/LWoFBNS7CJ
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) March 12, 2024
Fuente: CanalB
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